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Término: Corona de Castilla
Definición
(Desde 1230) Expresión para referirse a los territorios que se encontraban bajo la soberanía de los monarcas castellano-leoneses desde el momento que los reinos de Castilla y León se unieron definitivamente en 1230. Con Fernando III, Rey de Castilla y León* se produjo la unión definitiva de Castilla y León. La corona se dividió en cinco grandes circunscripciones: Castilla, León, Galicia, Murcia y Andalucía, dirigidas por adelantados. Las cortes que habían surgido independientemente en cada uno de los reinos se convirtieron en "Cortes Generales de Castilla y León". La uniformización política se basó en los principios del Derecho romano, aunque no se convirtieron en normas jurídicas operativas hasta la promulgación del "Ordenamiento de Alcalá" por Alfonso XI, Rey de Castilla* en 1348. No obstante los fueros locales subsistieron con preferencia de la normativa general, excepto en el País vasco donde siguieron teniendo preferencia las tradiciones forales
es
Referencias bibliográficas
[Alvar Ezquerra, J. (coord.) (2003), p.151]
[Felipe del Rey, P. (2007), p.101]
[Iradiel, P., Moreta, S. y Sarasa, E. (1989), pp. 184-185]
[Ladero Quesada, M. y López Pita, P. (2009), p.203]