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Diccionario de Mobiliario

Término: Acoplamiento

Definición

Unión de varios elementos, por sus caras o por sus cantos*, para ensanchar o engrosar una pieza. Algunos autores consideran que sólo son acoplamientos las uniones de dos piezas por sus cantos (juntas de canto). Otros consideran acoplamiento a las uniones en las que las vetas* de la madera quedan paralelas.En general se presta atención a que las tablas se yuxtapongan de manera que el trabajo de la madera, que no es igual en las partes próximas a la albura que en las contiguas a la médula, sea homogéneo en cada junta. Así, se acoplan los cantos de las tablas uniendo albura con albura, y duramen con duramen. Los acoplamientos se pueden reforzar con travesaños* transversales a los tableros, claveteados en su cara interior, o con listones de testa* en sus extremos. es

Referencias bibliográficas

[Aut (I,62); Basajaun/Madreselva (1985:150); Pérez Ulloa (1992:9); Jackson (1993:222)] es

Términos no descriptores

Acople es
Junta es

Término genérico

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